FUNCIONAMIENTO ÓRGANOS DE COORDINACIÓN Y RESPONSABLES

Son órganos de coordinación docente:

-          La Tutoría.
-          El Equipo Docente.
-          El Equipo de Orientación y Apoyo.
-          Los Equipos de Ciclo.
-          La Comisión de Coordinación Pedagógica.

12.1. LA TUTORÍA.

Cada grupo de alumnos/as estará a cargo de un tutor/a con una continuidad de dos cursos.
Competencias: (Art. 46 del R.D. de 26/01/96).
·         Participar en el desarrollo del Plan de Acción Tutorial y en las actividades de Orientación, bajo la coordinación del Jefe/a de Estudios. Para ello podrán contar con la colaboración del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica.

·         Coordinar el proceso de evaluación del alumnado de su grupo y adoptar la decisión que proceda a cerca de la promoción del alumnado de un ciclo a otro, previa audiencia de sus padres o tutores legales.

·         Atender a las dificultades de aprendizaje del alumnado, para proceder a la adecuación personal del currículo.

·         Facilitar la integración del alumnado en el grupo y fomentar su participación en las actividades del Centro.

·         Orientar y asesorar al alumnado sobre sus posibilidades educativas.

·         Colaborar con el Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica en los términos en que establezca la Jefatura de Estudios.

·         Encauzar los problemas e inquietudes del alumnado.

·         Informar a los padres, maestros/as y alumnado del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.

·         Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los alumnos/as.

·         Atender y cuidar, junto con el resto de profesorado del Centro, al alumnado en los periodos de recreo y en otras actividades no lectivas.

La tutoría y orientación del alumnado formará parte de la función docente.
El Tutor/a será designado por el Director/a a propuesta de la Jefatura de Estudios, de entre los maestros que imparten docencia al grupo, de acuerdo con los criterios establecidos por el claustro en el apartado correspondiente de estas Normas de convivencia, organización y funcionamiento.

A los maestros itinerantes y a los miembros del equipo directivo se les adjudicará tutoría en último lugar, por este orden, y sólo si es estrictamente necesario.

El Tutor/a es el responsable del proceso educativo de los alumnos tutelados y canalizará las relaciones del centro con los padres de sus alumnos; es por tanto el responsable exclusivo de informar a las familias de los/las alumnos/as tutelados/as.
En consecuencia, sus funciones en este Centro serán las contempladas en la normativa vigente (artículo 6 del Decreto 43/2005, por el que se regula la orientación educativa y profesional en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y por la normativa que regula la prevención y control del absentismo escolar), con las siguientes puntualizaciones:

a)   Facilitar la integración del alumnado en la dinámica escolar y en su grupo-clase.

b)   Contribuir a la personalización del proceso de enseñanza aprendizaje

c)   Efectuar un seguimiento global de los procesos de aprendizaje del alumnado, con el fin de detectar posibles dificultades y necesidades educativas específicas.

d)   Articular las respuestas educativas adecuadas, cuando sea necesario, para lo que contará con los oportunos asesoramientos y apoyos.

e)   Coordinar la información que, de los/las alumnos/as, tienen los distintos profesores que inciden en el grupo.

f)    Coordinar el proceso de evaluación de los/as alumnos/as.

g)   Informar a los padres sobre la promoción de los/las alumnos/as de un ciclo a otro.

h)   Fomentar en los/as alumnos/as el desarrollo de las actitudes participativas en el entorno.

i)     Trabajar en equipo con los/las maestros/as que impartan la docencia a su grupo (especialistas y de apoyo), coordinando el ajuste de las programaciones, con especial atención a las respuestas educativas ante las necesidades educativas específicas y/o de apoyo.

j)    Contribuir al establecimiento de relaciones fluidas entre los padres o tutores legales y el centro.

k)   Implicar a los padres o tutores legales en las actividades de apoyo al aprendizaje y orientación.

l)     Mediar en las posibles situaciones conflictivas entre alumnos/as y profesores/as informando adecuadamente a las familias.

m) Cumplimentar la documentación administrativa y pedagógica de los alumnos/as tutelados.

n)   Controlar la asistencia y puntualidad de los alumnos tutelados y comunicársela a los padres y al Jefe de Estudios.

El desarrollo de estas competencias es exclusiva del/la Profesor/a Tutor/a quien en uso de su autonomía, elegirá, programará y realizará aquellas actividades que estime más oportunas para que sus alumnos/as alcancen los objetivos propuestos. No obstante, y con el fin de que los programas de acción tutorial tengan unos puntos de acción comunes, contemplarán, entre otras, las siguientes actividades:

a)   Tener entrevistas individuales con los alumnos/as cuando éstos lo necesiten.

b)   Promover y coordinar actividades que fomenten la convivencia y la participación de los/las alumnos/as en la vida del centro.

c)   Analizar con el resto del profesorado las dificultades escolares motivadas por deficiencias instrumentales, problemas de integración y otros solicitando, si fuera necesario, los asesoramientos y apoyos oportunos.

d)   Transmitir al resto de profesores/as todas aquellas informaciones que puedan ser útiles para el desarrollo de las tareas docentes, evaluadoras y orientadoras de sus alumnos/as.

e)   Preparar, coordinar y moderar las sesiones de evaluación procurando que su desarrollo se ajuste a los principios de evaluación continua, formativa y orientadora.

f)    Tener al menos tres reuniones anuales con los padres una al principio de curso para informar del funcionamiento general, así como de los objetivos, contenidos y actividades a realizar con los alumnos, otra a mitad de curso y una tercera al final para analizar los logros alcanzados y los no logrados.

g)   Tener entrevistas individuales con los padres para intercambiar información y analizar con ellos como va su hijo/a, buscando una valoración más global y una actitud más activa y responsable, ayudándoles a descargar la ansiedad ante el posible fracaso escolar de sus hijos/as.

h)   Conseguir la colaboración de los padres o tutores legales en relación con el trabajo personal de sus hijos/as.


12.2. EL EQUIPO DOCENTE.

Lo forma todo el profesorado del centro, es decir, los tutores y los especialistas. Este profesorado se responsabilizará en todo momento de su función docente y educativa, que procurará cumplir digna y eficazmente a fin de favorecer la formación integral del alumnado, mediante el cumplimiento de la normativa del Documento de Régimen Interior, respeto a los acuerdos y espíritu de colaboración y armonía entre sus miembros y el resto de las personas que conforman la Comunidad Educativa.

Competencias:
·         Desarrollar sus actividades de acuerdo con la Programación Anual del Centro, aprobada por el Consejo Escolar, que implica una coordinación y metodología específica, así como una evaluación continua del rendimiento del alumnado.

·         Asumir la tutoría de sus alumnos/as para dirigir su educación, ayudarles a superar las dificultades, tanto de tipo académico, personal o familiar, así como la orientación y asesoramiento vocacional.

·         Flexibilidad y autonomía para impartir la docencia de acuerdo con su propia personalidad, siempre dentro de una estrecha colaboración y respeto a los acuerdos y normativas.

·         Cooperar y participar en las actividades educativas y de orientación, aportando el resultado de sus observaciones sobre hábitos, conductas y condicionamientos intelectuales y familiares del alumnado.

·         Colaborar con el Jefe de Estudios en el mantenimiento de la disciplina del Centro.

DERECHOS.
·         Trabajar en un ambiente relajado y tranquilo y a no ser molestado por padres u otros factores externos.

·         Exigir el respeto que le es debido, como persona y como miembro de la Comunidad Escolar.

·         Programar su actividad escolar en coordinación con los Equipos y Claustro de Profesores/as, respetando las pautas marcadas por el Consejo Escolar.

·         Formar parte del Claustro con voz y voto. Participar en la organización del Centro, a través de los órganos correspondientes.

·         No realizar acciones que no estén relacionadas con su función.

·         Programar reuniones en el Centro con fines pedagógicos.

·         Exigir audiencia ante el Claustro o Consejo ante cualquier ataque de índole física o moral, a fin de que tomen medidas diligentes y oportunas al caso.

·         Participar, mediante el ejercicio al voto, en cuantas votaciones y elecciones hubiese lugar, dentro del ámbito de sus competencias.

·         Formular propuestas para su inclusión en el Orden del día de las convocatorias para las sesiones de los órganos colegiados, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 6 y 7 de este documento.

·         Ser informado/a de los acuerdos adoptados en las sesiones del Consejo Escolar, y de cuanta información pedagógica o profesional  se reciba en el Centro.

·         Garantizar plaza escolar para sus hijos/as.

·         Ser informado/a por los padres con la mayor diligencia de las faltas de asistencia de sus hijos/as.

·         Exigir de toda la Comunidad Escolar el cumplimiento del presente Documento.

·         Ejercer ante las personas u organismos competentes el derecho de sugerencia, petición o queja ante asuntos académicos o administrativos.

·         A estar presente en las entrevistas que los padres y el equipo directivo mantengan y estén referidas a asuntos que le atañen directamente.

·         Derecho a tener unas instalaciones adecuadas para su aseo y organización de su trabajo personal

DEBERES.
·         Cumplir con el horario y la función docente a que ha sido asignado.

·         Asistir puntualmente a clase, no permanecer fuera del aula sin motivo justificado y conocimiento del Jefe/a de Estudios, y mantener aquella en un ambiente de trabajo tranquilo y relajado dentro de un marco de convivencia y respeto mutuo.

·         Seguir lo especificado en el artículo 15 del Documento en el caso de ausencias.

·         Controlar diariamente las faltas de puntualidad y asistencia de sus alumnos/as y notificarlo a sus padres Jefe/a de Estudios en caso de tres faltas no justificadas, siguiendo la normativa especificada.

·         Tratar con corrección y dignidad a todas las personas que forman la Comunidad Educativa.

·         Asistir a las sesiones de Claustro, Consejo, Coordinación didáctica, etc., respetando y cumpliendo los acuerdos tomados.

·         Cumplir puntualmente con los servicios de vigilancia establecidos.

·         Mantener un espíritu de colaboración y armonía con los compañeros/as y demás miembros de la Comunidad Educativa.

·         Respetar la labor de los demás profesores/as.

·         Abstenerse de utilizar al alumnado en asuntos no relacionados con su formación.

·         Basar su actuación en la objetividad, excluyendo toda manipulación con cualquier miembro de la Comunidad Educativa.

·         Respetar los derechos del alumnado, así como evitar todas aquellas actuaciones que supongan impedimento del ejercicio de tales derechos.



12.3. EL EQUIPO  DE ORIENTACIÓN Y APOYO.

La Unidad de Orientación es la estructura  en la que se encuadra el Servicio de Orientación de un centro de Educación Infantil y Primaria.
En nuestro colegio está formada por dos profesionales: un profesor de Psicología  y Pedagogía (el/la orientador/a) y un/a profesor/a técnico de Servicios a la Comunidad (PTSC) compartido con otros centros.

A su vez  la Unidad de Orientación pertenece a una estructura mayor que se llama el Equipo de Orientación y Apoyo, que está formado en nuestro centro, además de los profesionales anteriores por las maestras de Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje y Auxiliares Técnicos Educativos.  
El Equipo de orientación y apoyo es una estructura de coordinación docente responsable de asesorar al profesorado en la planificación, desarrollo y evaluación del Plan de Orientación y de Atención a la Diversidad del centro, y de llevar a cabo las actuaciones de atención específica y apoyo especializado.

El Equipo de orientación y apoyo estará constituido por:
·         El componente de la Unidad de orientación.
·         El profesorado de Pedagogía Terapéutica.
·         El profesorado de Audición y Lenguaje.

La coordinación del Equipo de Orientación y Apoyo será ejercida por el/la responsable de la Unidad de Orientación.

Los componentes del Equipo de Orientación y Apoyo, bajo la coordinación del responsable de orientación, trabajarán conjuntamente en el desarrollo de las funciones recogidas en el artículo 9 del Decreto 43/2005, de 26-04-2005, por el que se regula la orientación educativa y profesional, y de forma específica en las establecidas en el apartado segundo de la Orden de 15 de junio de 2005, por la que se regula el régimen de funcionamiento de las Unidades de Orientación para sus responsables, y en la Resolución de 8 de julio de 2002, de la Dirección General de Coordinación y Política Educativa, para el resto del profesorado de apoyo.



12.4. LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA.

Estará formada por:
-         El/la Directora/a, que será su Presidente/a.
-         El/la Jefe/a de Estudios.
-         Los/as Coordinadores/as de Nível.
-         El/la Orientador/a del Centro.
-         El/la Coordinador de Formación.
El miembro de menor edad actuará como Secretario/a.

Competencias: (Art. 44 del R.D. de 26/01/96):
  • Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los Proyectos Curriculares de Etapa.
  • Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los Proyectos Curriculares de Etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el Proyecto Educativo.
  • Elaborar la propuesta de organización de la Orientación Educativa y del Plan de Acción Tutorial.
  • Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas al alumnado con necesidades educativas especiales.
  • Proponer al Claustro los Proyectos Curriculares de Etapa para su aprobación.
  • Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los Proyectos Curriculares de Etapa.
  • Proponer al Claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con la Jefatura de Estudios.
  • Proponer al Claustro de Profesores/as el plan para evaluar el Proyecto Curricular de cada Etapa, los aspectos docentes del Proyecto Educativo y la Programación General Anual, la evaluación del aprendizaje y el proceso de enseñanza.
  • Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del Centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la administración educativa e impulsar planes de mejora en caso de que estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

La Comisión de coordinación pedagógica es el órgano responsable de velar por la coherencia pedagógica entre ciclos de cada etapa, de las etapas de cada centro y entre éste y otros centros.

Desde la Comisión de coordinación pedagógica se impulsarán medidas que favorezcan la coordinación del Proyecto educativo con el proyecto del centro de secundaria de nuestra localidad, con objeto de que la incorporación de los alumnos a la educación secundaria sea gradual y positiva.


12.5. LOS EQUIPOS DE NIVEL.

El equipo de nivel está constituido por los tutores y profesores especialistas y de  apoyo que imparten enseñanza al mismo curso de alumnos y alumnas.

El tutor convocará al equipo docente con motivo de la evaluación de los alumnos y en aplicación de los principios y criterios establecidos en el Proyecto educativo y en estas Normas de convivencia, Organización y Funcionamiento.

Cada equipo de nivel, para su mejor funcionamiento, contará con un coordinador que en sus funciones se atendrá a lo dispuesto en la normativa vigente con las siguientes consideraciones:

-          Elaborar, en colaboración con el profesorado del ciclo, y entregar a la Jefatura de Estudios las propuestas del mismo relativas a la planificación general del curso, para ser incluidas en la PGA del centro.
-          Elaborar, en colaboración con el profesorado del nivel, y entregar a la Jefatura de Estudios la Memoria del mismo, en la que se evaluarán los objetivos programados y los resultados escolares del alumnado, así como un resumen de las actuaciones desarrolladas y las actividades llevadas a cabo durante el curso.
-          Recoger los acuerdos adoptados en las reuniones, elaborando las correspondientes actas.
-          Coordinar las reuniones y distribuir turnos y tareas.

Los equipos de nivel son los responsables directos de la elaboración, desarrollo y evaluación de las programaciones didácticas. Sus funciones y composición, así como la asignación, competencias y circunstancias en las que se produce el cese del coordinador, se ajustarán a lo establecido en el Reglamento Orgánico.
El profesorado especialista que no tenga asignada una tutoría será adscrito al equipo de nivel en cuyos cursos tenga una mayor dedicación horaria, o, en su caso, en el que determine la Jefatura de Estudios, que deberá procurar un reparto proporcional y equilibrado de este profesorado entre los diferentes equipos.


COMPETENCIAS.

·         Realizar la programación del nivel, decidiendo con el Proyecto Curricular de Centro los objetivos prioritarios, actividades, etc., una copia de dicha programación será entregada al Jefe/a de Estudios.

·         Unificar criterios metodológicos y de trabajo conjunto y coordinado.

·         Programación y coordinación anticipadas con el Jefe/a de Estudios de visitas, salidas culturales, etc.

·         Diseñar fórmulas innovadoras de agrupamiento del alumnado, evaluando dichos resultados.

·         Seleccionar el material didáctico adecuado e informar al equipo directivo para su adquisición. Ordenar y mantener dicho material.

·         Diseñar el proceso de evaluación continua, así como las técnicas a seguir.

·         Diseñar el proceso y actividades de recuperación.

·         Confeccionar en coordinación con el/la Jefe/a los horarios de Biblioteca, Laboratorio, audiovisuales, etc.

·         Participar en la elaboración del Proyecto Curricular de Etapa y elevar a la Comisión de Coordinación Pedagógica las propuestas formuladas a este respecto por el Equipo de Ciclo.

·         Coordinar la enseñanza en el correspondiente nivel de acuerdo con el Proyecto Curricular de Etapa.

·         Mantener coordinación con el/la Jefe/a de Estudios y los Coordinadores de los restantes niveles.

·         Seguir el calendario de reuniones especificado en el Plan Anual del Centro.

·         Levantar actas de las sesiones.

·         Realizar un inventario de recursos disponibles y elaborar y mantener actualizado un banco de datos.

·         Aquellas que en el nivel se consideren convenientes.

·         Aquellas otras funciones que le encomiende el/la Jefe/a de Estudios en el área de su competencia, especialmente las relativas al refuerzo educativo, adaptación curricular y actividades complementarias.

Además de lo expuesto anteriormente, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:

1. En el centro habrá tantos equipos de nivel como niveles haya en el centro.

2. Cada equipo estará integrado por todos los profesores que actúan sobre los alumnos del mismo.

3. Para su correcto funcionamiento se reunirán, dentro del horario de obligada permanencia, tantas veces como sea necesario y como mínimo en las ocasiones que marque la normativa vigente en cada caso.

4. Los equipos de nivel, además de lo contemplado en la normativa vigente, en este centro tendrán como funciones y/o actividades:

-          Elaborarán la parte la Programación general anual que les corresponda y que como mínimo contendrá:

·       Objetivos que se pretenden conseguir.
·       Actuaciones previstas para la consecución de los objetivos.
·       Concreción metodológica a utilizar.
·       Actividades complementarias y extraescolares.

-          Revisión de las programaciones didácticas de nivel y etapa.

-          Promover la investigación educativa.

-          Promover la formación permanente del profesorado.

-          Renovar la metodología didáctica.

-          Establecer actividades de refuerzo pedagógico para los alumnos.

-          Fijar el sistema para una autoevaluación permanente.

-          Elevar, al finalizar el curso, una memoria de sus actuaciones.


12.6. OTROS RESPONSABLES.

El nombramiento y las competencias de los diferentes responsables se ajustarán a las circunstancias que permita la Orden de Organización y Funcionamiento en vigor en cada momento.

Ajustándose a lo que permita en cada momento la normativa en lo referente a liberación horaria para llevar a cabo determinadas funciones, podrá haber en el colegio varios responsables de determinadas actividades.

Por parte del Director y a propuesta de la Jefatura de Estudios, podrán ser designados esos otros responsables de diversas tareas, que desempeñarán las siguientes funciones:

RESPONSABLE DEL USO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN.  ALTHIA.

û Asesorar en lo relativo a la integración de las tecnologías de la información y la comunicación en las programaciones didácticas y en la práctica educativa así como colaborar en los programas de formación en centros.

û Coordinar las actividades en el Aula Althia y poner los recursos disponibles al servicio de toda la comunidad educativa.

û Colaborar en la gestión y el mantenimiento de los recursos disponibles y en la adquisición de materiales.

û Cualquier otra que le sea encomendada relativa a la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación como recurso didáctico.

Este recurso está introducido en la programación de las actividades cotidianas del profesorado en las diferentes áreas curriculares. Con este fin, se ofrecerá la posibilidad de utilizar el aula por parte de los diferentes grupos de alumnos, al menos durante una sesión semanal, llevándose a cabo diversas actividades tales como:

  • Visionado de audiovisuales.
  • Utilización y manejo de diversas aplicaciones informáticas.
  • Uso de diferentes programas educativos relacionados con los contenidos curriculares.
  • Visita de webs educativas.
  • Realización de actividades de refuerzo online.
  • Búsqueda de información en Internet.

Se designará un coordinador de la misma, dedicando hasta cinco sesiones de su horario semanal al desarrollo de funciones tales como:

  • Gestión de los recursos del aula.
  • Asesoramiento al profesorado del centro acerca de la utilización de los recursos y aplicaciones informáticas.
  • Elaboración de un catálogo de los programas multimedia existentes actualmente en el centro.
  • Solución de problemas o derivación a los servicios técnicos de la consejería.

RESPONSABLE DE FORMACIÓN.

Será el responsable de la implementación del Proyecto de Formación en el centro. Coordinará toda la formación del profesorado y se ocupará de la coordinación con el CRFP. Así mismo, propondrá la demanda de necesidades formativas grupales e individuales a la Comisión de Coordinación Pedagógica para su aprobación.


RESPONSABLE DEL COMEDOR.

Éstos realizarán las funciones establecidas, respectivamente, en la Orden 2 de marzo de 2004, sobre organización y funcionamiento de comedor escolar y en la Orden por la que se regula la solicitud de becas y ayudas para el mismo.


RESPONSABLE DE BIBLIOTECA Y PLAN DE LECTURA.

El o los responsables de la Biblioteca y equipo de apoyo al Plan de Lectura realizarán tareas relacionadas con el préstamo de libros de la Biblioteca del colegio, y con la animación a la lectura a través de las actividades que se programen cada curso.
Estará compuesto, en su caso, por uno o dos profesores.


COORDINADOR DE LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS.

Realizará el calendario de competiciones deportivas entre los diferentes grupos a lo largo de todo el curso. Se encargará también de organizar y coordinar la participación del colegio en las competiciones que se realicen fuera del centro.


COORDINADOR/A DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

Se ocupará de impulsar las medidas pertinentes para la prevención de riesgos y fomento de la salud laboral.

COORDINADOR DEL ALUMNADO DEL “PRÁCTICUM” CON LA UNIVERSIDAD.

Coordinará el Prácticum del alumnado con la Universidad.

Realizará las tareas encomendadas por la Universidad y mantendrá  reuniones informativas con la dirección del centro.

No hay comentarios:

Publicar un comentario